Prevención y Lavado de Activos
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Qué es la Ley No.155/17 contra el Lavado de Activos Financiamiento del Terrorismo y Proliferación de Armas de Destrucción Masiva?
El 31 de mayo del 2017 el Poder Ejecutivo promulgó la Ley 155-17, para la Prevención Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo (PLA/FT), la cual deroga la Ley 72-02 sobre la materia. Esta ley fortalece los procesos a implantar para la prevención del enriquecimiento ilícito o Lavado de activos.
¿Qué es Lavado de Activos o Blanqueo de Capitales?
Son todas aquellas actividades realizadas por personas físicas o jurídicas, para encubrir la procedencia ilícita de ciertos recursos en efectivos o en inmuebles, introduciéndolo en el sistema financieros a través de diferentes vías, con la finalidad de efectuar operaciones que le permitan dar apariencia de legitimidad a dichos recursos, de modo que puedan ser utilizados libremente.
¿Qué es Financiamiento del Terrorismo?
Proveer, recolectar, entregar, recibir, administrar, aportar, custodiar o guardar fondos, bienes o recursos de procedencia lícita o ilícita, para promover, organizar, apoyar, mantener, financiar económicamente a grupos u organizaciones con fines de aterrorizar o amenazar la seguridad ciudadana en cualquiera de sus aspectos.
¿Cuáles son algunas de las actividades tipificadas como fuente de enriquecimiento ilícito para el Lavado de Activos (Delitos precedentes)?
· Narcotráfico.
· Secuestro extorsivo.
· Trata de personas.
· Extorsión.
· Tráfico de armas.
· Prevaricación (Delitos cometidos por Funcionarios públicos que generan riqueza ilícitas) |
· Delito Tributario (enriquecimiento por evasión impositiva)
· Falsificación (medicamento, alimentos y bebidas)
· Enriquecimiento ilícito. (fraudes, estafas, asaltos agravados entre otros delitos)
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¿Porque debemos apoyar la Prevención Contra el Lavado de Activos?
El ingreso de capitales ilícitos a la economía nacional produce efectos de gran impacto a mediano y largo plazo generando competencia desleal que impacta negativamente a negocios lícitos y no permiten una evolución natural de precios, afectando de forma especulativa los costos y valores de bienes en los diferentes mercados lo cual degrada el poder adquisitivo de las mayorías.
Al apoyar la prevención en contra del lavado de activos logramos:
- Nuestro país puede crecer social y económicamente.
- Tendremos un ambiente de seguridad y confianza.
- Los negocios tendrán mayor permanencia y sostenibilidad.
- Existirá un mayor número de inversionistas.
- Competencia económica leal.
- Tu dinero y tus ahorros estarán protegidos de manos ilegales.
- La gestión empresarial será más responsable y segura.
¿Cómo puedo asegurar mis transacciones en contra del Lavado de Activos?
Comunica e informa a tu entidad:
- Transacciones y registros en tus cuentas que no reconozcas.
- La transparencia permite mayor fluidez y seguridad en tus operaciones.
- Cambios de tus actividades económicas que facilite la actualización de tu perfil, asegurando que las transacciones que realices se corresponden con la naturaleza del mismo.
- Los datos de beneficiarios finales o apoderados a un producto o servicio relacionado a tu persona.
Realiza de Debida Diligencia de:
- Conocer la procedencia u origen de los fondos ofrecido por terceros con la intención de realizar negocio, independientemente que se trate de personas cercanas o familiares.
- Asegúrate que tus informaciones se mantenga actualizadas en tu entidad financiera.
- No participar en pirámides de inversión de dinero o negocio fácil, generalmente son organizaciones informales e ilegales.
- Mantén una duda razonable ante negocios fáciles de poca inversión que prometan grandes ganancias.
- Evita en la medida de lo posible recibir grandes sumas de dinero en efectivo, solicita sean depositados en tu institución financiera o transferidos a tu cuenta.
- No prestar tu nombre para recibir dinero, bienes o inmuebles de desconocidos por ningún medio, ya sean transferencias nacionales o internacionales, giros o consignaciones, entre otras.
- Conocer los datos de tus socios y proveedores, de esta manera podrás también saber el origen y destino de sus fondos y estar seguro de las operaciones que realizan.
- No transportar dinero de procedencia desconocida. Asegúrate siempre de conocer con anticipación de su procedencia.
¿Cuáles son algunos de los principales conceptos que presta la ley 155-17?
- Clientes: Persona física o jurídica con la cual se establece y mantiene, de forma habitual u ocasional, una relación contractual, profesional o comercial para el suministro de cualquier producto o servicio.
- Conozca su Clientes: Conocer la identidad y las actividades que realizan las personas (físicas o jurídicas), que son o pretendan convertirse en clientes de las Entidad. Obteniendo así, la información y documentación suficientes y necesarias, para mitigar el riesgo de que sean utilizadas como mecanismos para lavar activos o financiar actividades terroristas.
- Sujeto obligado:Persona física o jurídica que, en virtud de esta ley, está obligada al cumplimiento de las obligaciones destinadas a prevenir, detectar, evaluar y mitigar el riesgo de lavado de activos y la financiación del terrorismo y otras medidas para la prevención de la financiación de la proliferación de armas de destrucción masiva.
- Operaciones sospechosas:Son todas aquellas transacciones, efectuadas o no, complejas, insólitas y significativas que no tengan un fundamento económico o legal evidente o que generen una sospecha de estar involucradas en el lavado de activos, algún delito precedente o en la financiación al terrorismo. Dentro de esta categoría entran, de igual forma, todos los patrones de transacciones no habituales y no significativas pero periódicas.
- Debida diligencia:Conjunto de procedimientos, políticas y gestiones mediante el cual los sujetos obligados establecen un adecuado conocimiento sobre sus clientes y relacionados, actuales y potenciales, beneficiarios finales y de las actividades que realizan.
- Debida diligencia ampliada: Es un conjunto de normas y políticas más exigentes que busca reforzar o profundizar el conocimiento sobre clientes o beneficiarios finales que presentan alto riesgo o sospecha de lavado de activos, financiamiento al terrorismo o proliferación de armas, en virtud de resultados arrojados por procedimientos de evaluación, diagnóstico y mitigación de los riesgos identificados.